Cámara de Apelaciones confirmó la libertad de dos imputados por tenencia de estupefacientes en Monte Quemado
- 26 de noviembre de 2025 -
El MPF, representado por el fiscal Santiago Bridoux (Unidad Fiscal Monte Quemado), intervino en la audiencia de apelación celebrada en el día de ayer, en la que solicitó la nulidad de la resolución dictada por el Juez de Control y Garantías en diciembre de 2024, donde había rechazado el pedido de prisión preventiva y dictado falta de mérito respecto de uno de los imputados y concedido excarcelación ordinaria al restante, en el marco de una causa por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
El procedimiento se llevó a cabo a principios de noviembre de 2024, cuando personal de Drogas Peligrosas de Monte Quemado interceptó a dos personas en el barrio Municipal, secuestró alrededor de dos kilogramos de marihuana y otros elementos vinculados a la investigación. Durante las tareas posteriores surgieron antecedentes por delitos contra la propiedad, tenencia de armas y referencias vecinales que los mencionaban en actividades de narcomenudeo.
El MPF interpuso el recurso de apelación el 27 de diciembre de 2024, el mismo día en que se dictó la resolución cuestionada, al considerarla arbitraria, contradictoria y carente de fundamentación, haciendo hincapié en que la cantidad de droga secuestrada (1,9 kg de marihuana) justificaba plenamente el pedido de prisión preventiva.
Durante la audiencia, el fiscal Bridoux remarcó que la resolución que otorgó la libertad no se encontraba firme, motivo por el cual el MPF no podía solicitar la revocación de la excarcelación, ya que hacerlo hubiese implicado desistir del recurso mediante el cual precisamente se estaba impugnando esa decisión.
Tras deliberar, el Tribunal —integrado por la presidenta Dra. Inés Graciela Zamora, y los vocales Dr. Eduardo Cristian Vittar y Dra. María Gabriela del Huerto Núñez— resolvió mantener la libertad de los imputados. En su pronunciamiento, los jueces calificaron la resolución de primera instancia como “extraña”, “contradictoria” y “mal fundamentada”, entre otras observaciones críticas. No obstante, evitaron declararla nula al señalar que ello implicaría retrotraer el trámite 11 meses, desde la presentación del recurso en diciembre de 2024 hasta la audiencia que recién pudo celebrarse hoy.
El fiscal Bridoux sostuvo que el Ministerio Público Fiscal “no podía consentir bajo ningún punto de vista una resolución de ese tipo”, y reiteró que, una vez firme la situación procesal, si surgieran nuevos riesgos procesales o elementos relevantes, el MPF se encuentra en condiciones de requerir nuevamente las medidas de coerción que correspondan.