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Juramento

Art. 306- El juramento exigido para la inscripción en la Matrícula de Abogados y Procuradores será prestado ante el Presidente del Superior Tribunal de Justicia, los días lunes y jueves de cada semana.
El juramento se prestará a tenor de la siguiente fórmula, salvo que el profesional optare por jurar solo por la Patria:

“Sr. Dr. o Proc…Juráis por Dios, la Patria y por estos Santos Evangelios, desempeñar fielmente la profesión de ABOGADO o PROCURADOR, de conformidad a las Constituciones y leyes de la Nación y de la Provincia? si así no lo hiciereis, Dios y la Patria os lo demanden.”