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El Fiscal General de la provincia dispuso el retorno progresivo a la actividad presencial en las distintas dependencias del Ministerio Público Fiscal

- 23 de mayo de 2020 -


El Fiscal General de la provincia Luis Alberto de la Rúa , ante el receso extraordinario dictado en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación al COVID-19 y ante las medidas de flexibilización ordenada por  las autoridades nacionales y provinciales, dispuso mediante Resolución N°48/2020 medidas para prever el retorno paulatino a la actividad presencial en las distintas dependencias del Ministerio Público Fiscal.
* Incorporación al trabajo presencial , en el horario de 8.00 a 13.00 hs. -turno matutino – y de 14:00 a 19:00hs. -turno vespertino – a partir del 01 de junio de 2020, de todo el Personal de Maestranza y Servicios (personal de servicio, choferes y de mantenimiento) que no se encuentre comprendido en las excepciones por ser grupo de riesgo.
*Que a partir del 01 de junio de 2020, los Fiscales de Instrucción, Fiscales Auxiliares,  Personal Técnico y Administrativo que no estén comprendidos en los grupos de riesgos, cumplan sus tareas en forma presencial en las Unidades Fiscales y demás dependencias de apoyo y administrativas del MPF, en el horario de 9:00 a 13:00 hs.; y cuando el titular del organismo decidiere el desdoblamiento de los turnos, se hará de 15 a 19 hs.
*Funcionarios y Personal Técnico y Administrativo que se encuentren exceptuados de realizar trabajo presencial, cumplan funciones  desde sus hogares mediante el uso de medios electrónicos o tecnológicos admitidos.
*Los titulares de organismos deberán seleccionar de entre el personal a su cargo -excepto los relevados de concurrir al lugar de trabajo por su condición de riesgo- dos grupos de trabajo, que asistirán a prestar servicios turnándose semanalmente en forma alternativa, lo cual debe ser notificado a Sección Personal para su registración, hasta el día 27 de mayo.
*Los Titulares de organismos deberán citar a prestar funciones al personal en el número o proporción que resulte necesario para respetar el distanciamiento social obligatorio y pautas de profilaxis que rige, así como para garantizar la prestación del servicio de justicia.
*HABILITAR la Mesa Virtual Única MPF para la presentación de escritos y consultas de legajos en trámite, vinculada directamente al sistema informático TAQU. Los requisitos que deben observar toda presentación son: identificación del abogado (nombre completo, matrícula profesional, dirección de correo electrónico registrado en el Colegio de Abogados), adjuntar el escrito y demás documentos en formato PDF, en el caso de particulares: identificación del presentante (nombre completo, D.N.I. y teléfono de contacto
*INSTRUIR a los Sres. Fiscales para que las diligencias procesales sean cumplidas mediante el uso de plataformas virtuales, con la debida registración y preservando la confidencialidad de la información. En aquellos casos que resulte dificultosa la realización de los actos por medios tecnológicos – por no contar con conectividad por ejemplo-, se citará a las partes de modo presencial, debiendo informarse tal circunstancia a fin de permitir el ingreso a la sede del Ministerio Fiscal. IX)
*RESTRINGIR al público el acceso a las sedes del Ministerio Público Fiscal. X) DISPONER que, excepcionalmente, en los casos de profesionales o particulares citados en el marco de las investigaciones penales, el ingreso será sin acompañantes salvo que fueren menores o personas con capacidades diferentes en cuyo caso se permitirá un acompañante. En todos los casos se procurará mantener la distancia social y la física aconsejada por las normas de higiene y salubridad.

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